La CNMC investiga a Telefónica por incumplir compromisos en su televisión de pago
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha incoado un nuevo expediente sancionador a Telefónica de España por incumplir los compromisos asumidos tras la compra de DTS (Sogecable) en 2015. La operadora podría haber incluido cláusulas de permanencia en su servicio de televisión de pago, lo cual está expresamente prohibido.
¿Por qué se abre este expediente?
El expediente sancionador, identificado como SNC/DC/004/25, tiene su origen en el análisis de las ofertas Fusión y miMovistar con televisión de pago y dispositivo, que estuvieron vigentes entre el 30 de agosto de 2021 y el 30 de abril de 2023. Según la CNMC, estas ofertas podrían haber dificultado la libre movilidad de los clientes, al contener condiciones que implicaban compromisos de permanencia encubiertos.
Antecedentes: la compra de DTS y los compromisos de 2015
Cuando Telefónica adquirió DTS (antigua Sogecable), la CNMC aprobó la operación sujeta a condiciones estrictas. Entre ellas, destacaba la prohibición de imponer permanencias en los servicios de televisión de pago, ya fueran ofertados de forma individual o empaquetados con otros servicios.
Esta prohibición fue ratificada y prorrogada en julio de 2020 por tres años más. Y en 2021, la CNMC ya advirtió a Telefónica por su oferta “Fusión+Smartphone”, que incluía el alquiler de un teléfono con permanencia de 36 meses. En marzo de 2023, esta conducta le costó a la empresa una multa de 6 millones de euros.
La nueva infracción: Fusión y miMovistar con permanencia
A pesar de la advertencia anterior, Telefónica continuó con políticas comerciales que, según la CNMC, limitaban la libertad del consumidor. Las condiciones de sus nuevos paquetes seguían incorporando restricciones de permanencia, vulnerando los compromisos 1.1 y 1.1.2 de la resolución de abril de 2015.
El 30 de enero de 2024, la CNMC declaró oficialmente este nuevo incumplimiento, lo que ha dado lugar a la apertura del expediente actual.
¿Qué consecuencias puede tener para Telefónica?
La incoación del expediente no implica automáticamente una sanción, pero sí inicia un proceso de investigación que puede finalizar con nuevas multas. El procedimiento cuenta con un plazo máximo de tres meses para su instrucción y resolución.
¿Qué implica para el consumidor?
Este tipo de actuaciones son claves para defender los derechos del usuario. Las cláusulas de permanencia pueden suponer una limitación a la competencia y una barrera para que los clientes cambien de proveedor libremente. La CNMC busca con esta vigilancia garantizar la transparencia y la equidad en el mercado.
📌 En resumen:
- Telefónica podría haber incumplido nuevamente los compromisos adquiridos en 2015.
- La CNMC abre un nuevo expediente por sanción CNMC Telefónica.
- Se investigan las ofertas Fusión y miMovistar por posibles permanencias ilegales.
- Ya hubo una multa anterior en 2023 por hechos similares.
📚 Fuente: Nota de prensa CNMC – 9 de mayo de 2025
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